La pensión de jubilación depende en gran medida de los años cotizados por el trabajador. Por eso, calcular la cuantía que le queda a una persona al retirarse, es una de las mayores preocupaciones de las personas que van acercándose a la edad ordinaria para ello. Esto es importante, porque esa cantidad será la fuente de ingresos que recibirán a partir de ese momento.
Pero, ¿Cómo influye en este cálculo los periodos en los que el trabajador no puedo cotizar?, ¿Qué impacto tiene este hecho en la cuantía de la pensión?. La Seguridad Social tiene en cuenta las bases de cotización de los últimos 25 años previos a la solicitud de jubilación. El problema viene cuando en algún mes, la persona no cotizó. Esto significa una reducción de la futura pensión.
El motivo por el que este hecho afecta de forma tan negativa a la pensión de jubilación, es por el sistema establecido. Este determina que la Seguridad Social vaya sumando los importes de las 300 bases de cotización mensuales anteriores a la jubilación y luego divida esa suma entre 350. De este modo, obtiene la base reguladora. El problema es que si en algún mes no se ha cotizado, eso reducirá la cantidad total que hay que dividir entre 350.
Así se rellenan los años no cotizados para que no afecte a la jubilación
Para que los periodos sin cotizar no signifiquen un lastre a la hora de calcular la pensión de jubilación, la Seguridad Social dispone de un mecanismo que suaviza este impacto. Se trata de la integración de lagunas. Con esta fórmula, la Seguridad Social rellena con bases de cotización ficticias aquellos periodos en los que el trabajador no cotizó.
Cabe señalar, que este proceso solo es útil para el cálculo de la base reguladora y no amplía el número de años cotizados que dan derecho a diferentes porcentajes de esa base reguladora. De hecho, la propia Seguridad Social explica en su portal web el objetivo de la integración de lagunas.
Así, es posible añadir bases de cotización por el 100 por cien de la base de cotización mínima vigente en cada momento durante los primeros 48 meses y sin cotizar y del 50 por ciento de la base de cotización mínima a partir del mes 49 sin cotizar.
Quienes no se pueden beneficiar de la integración de lagunas
Sin embargo, no todos los trabajadores pueden adherirse a esta fórmula para beneficiarse de ella. En el apartado que sí pueden, están la gran mayoría de integrantes del Régimen General de la Seguridad Social. Estos pueden permitirse haber dejado de trabajar algunos meses durante su vida laboral.
Por el contrario, están excluidos los trabajadores autónomos. «Si en el período tomado en cuenta para efectuar el cálculo apareciesen meses durante los cuales no hubiera habido obligación de cotizar, éstos no se completarán con las bases mínimas vigentes». Así lo explica el propio organismo en su página web.
Otros de los sectores que no puede beneficiarse de la integración de lagunas es el compuesto por las trabajadoras del sistema especial de empleo del hogar. Así mismo ocurre con los trabajadores del sistema especial de trabajadores por cuenta ajena agrarios.