Pese a lo que pueda parecer, la jubilación anticipada y la prejubilación no son los mismo. Ambos concepto se refieren al hecho de que una persona se retire y deje de ejercer todo tipo de actividad profesional. Sin embargo, existen grandes diferencias como la procedencia del ingreso que reciben dependiendo de la situación.
La pensión de jubilación está regulada por la Seguridad Social. En este sentido, la jubilación anticipada está reconocida dentro de los regímenes generales de este organismo. Sin embargo, la prejubilación, no. ¿Por qué? porque esta no está clasificada como un tipo de jubilación en los estándares establecidos por la administración.
A tenor de lo anterior, surge la siguiente duda: Si es la Seguridad Social quien paga la jubilación anticipada, ¿Quién paga la prejubilación? En este modelo, el trabajador firma un convenio con la empresa en el que se establece la prestación que esta le va a establecer. Según lo acordado, el trabajador podría incluso seguir cotizando hasta la edad legal para retirarse.
Otra duda habitual es si estas pensiones son compatibles con la prestación por desempleo. En este caso, también existen diferencias entre ambas. Las personas que acceden a la jubilación anticipada, no tienen derecho a esta prestación. Sin embargo, la prejubilación es perfectamente compatible con esta ayuda.
Jubilación anticipada
La jubilación anticipada es una de las fórmulas que tienen las personas que trabajan para terminar con su vida laboral antes de llegar a la edad reglamentaria. Es una forma de adelantarse a ese momento y a la vez, cobrar una pensión. Aunque de este modo la persona pasa a ser pensionista, el porcentaje que percibe es menor del habitual.
Es una cuestión casi matemática. La edad de jubilación ordinaria en España está en los 65 años para las personas que han cotizado más de 37 años y nueve meses. Sin embargo, para las personas que han cotizado menos, llega a los 66 años y cuatro meses. Estos requisitos están marcados para cobrar el 100 por cien de la pensión. Por tanto, las personas que se jubilen antes, es decir, accedan a la jubilación anticipada, verán reducida la cuantía de su pensión.
Prejubilación
La prejubilación es una fórmula que aglutina diferentes métodos para que la persona pueda cobrar una prestación estando desempleada y cerca de la edad legal de jubilación. Por tanto, esta situación se da cuando la persona se va a quedar sin empleo pero aún no llega a la edad de jubilación ni ha cotizado lo suficiente.
Esta prestación, no entra dentro de los regímenes de jubilación recogidos por la Seguridad Social. De hecho, para prejubilarse, el trabajador debe llegar a un acuerdo con la empresa. Es decir, un convenio mediante el cual, negocien una especie de indemnización hasta que el trabajador llegue a la edad de jubilación. En ocasiones, también se acuerda que la persona siga cotizando. De este modo, no perderá beneficios de la pensión, llegado el momento.
No obstante, esta paga no es incompatible con la prestación d desempleo. De esta forma, el trabajador cobrará ingresos a cargo de la empresa que hace el despido y la prestación por desempleo del SEPE. Una forma de mantener unos ingresos similares al salario regular que venía cobrando, hasta que llegue a la edad de jubilación.