La pensión por incapacidad permanente es una prestación económica que recibe un trabajador cuando por enfermedad o accidente, ve reducida o anulada su capacidad laboral. La cuantía asignada depende de la gravedad de la dolencia de la persona. Pero, ¿Quién determina esta circunstancia? La Seguridad Social cuenta con un equipo médico especializado que valora cada caso.
No obstante, este organismo tiene recogido una división de cuatro grados en los que distingue diferentes categorías de incapacidad permanente. Estos se diferencia entre sí por la posibilidad que la persona tenga de poder volver a trabajar y en qué circunstancias. Atendiendo a estos criterios, la Seguridad Social distingue:
- Parcial. Ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33 por ciento en el rendimiento para dicha profesión.
- Total. El trabajador queda inhabilitado para desarrollar su actividad laboral habitual pero puede buscar otra dedicación.
- Absoluta. La persona incapacitada no puede desarrollar ninguna actividad laboral.
- Gran invalidez. En este caso, no solo no puede trabajar sino que necesita ayuda para realizar las actividades cotidianas.
Las pensiones por incapacidad permanente son revisables. La Seguridad Social establece una serie de citas para evaluar si la situación del trabajador ha cambiado. Esta revisión puede darse también por agravación, mejoría o error de diagnóstico. En base al resultado, el afectado podría perder la pensión o cambiar de grado.
Tiempo que dura una pensión por incapacidad permanente
Debemos tener claro que salvo excepción, la pensión por incapacidad permanente no es definitiva. Según establece el ordenamiento jurídico español, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) tiene la obligación de establecer fechas de revisión de forma periódicas para las personas beneficiarias de esta prestación. Esta cita suele fijarse pasados dos años del reconocimiento de incapacidad, y suele repetirse de manera periódica.
Por tanto, una persona que reciba una pensión por incapacidad permanente puede perder dicha asignación o puede ser aumentada. Esto es porque una vez revisado cada caso y paciente, el tribunal médico puede determinar varias circunstancias. Por una parte, puede acreditar que la dolencia por la que le asignaron dicha ayuda ya no existe. Esto puede ser porque se ha curado o por un error de diagnóstico. En ambos casos, la pensión sería retirada.
Por el contrario, si en la revisión se detecta que la persona ha sufrido un empeoramiento de su dolencia, podría cambiar de grado de incapacidad y por tanto, aumentar la cuantía de la pensión percibida. No obstante, también existe la posibilidad de que la persona no haya mejorado e incluso haya empeorado a causa de no haberse querido someter a los tratamientos prescritos. Esto también puede ser una causa para perder la pensión.
¿Cuándo una pensión por incapacidad permanente puede ser definitiva?
Para que pueda considerarse al cien por cien que una incapacidad permanente es definitiva, la única opción es que el beneficiario llegue a la edad de jubilación ordinaria. Llegado el momento, el concepto de la prestación pasará a ser por jubilación.
Además, si este cambio conlleva algún aumento de dinero, también comenzará a cobrarse ese plus en ese momento. De no ser así, la cuantía seguirá siendo la misma pero el concepto será diferente. Por tanto, sería una pensión definitiva.