Los trabajadores en Estados Unidos, que han pagado impuestos al Seguro Social, tienen tres opciones para reclamar los beneficios: a partir de los 62 años, en su edad plena de jubilación (FRA) o después de esa edad y hasta los 70 años, cada una con diferentes consecuencias en sus pagos mensuales.
Si bien estas opciones son de conocimiento de la gran mayoría, lo que algunos desconocen es que los beneficios conyugales tienen una dinámica distinta, por lo que la mejor edad para reclamarlos no es necesariamente la misma que el del trabajador beneficiario directo. No obstante, es importante mencionar que, incluso sin nunca haber trabajado ni cotizado alguna ganancia, puede cobrar una mensualidad gracias a los beneficios conyugales.
¿Qué son los beneficios conyugales del Seguro Social?
Si te casas con alguien que es elegible para recibir beneficios de jubilación del Seguro Social, entonces puedes tener derecho a un beneficio conyugal según el historial de esa persona. De manera similar, si estuviste casado o casada y cumples con ciertos requisitos, es posible que puedas reclamar beneficios conyugales según el historial de tu excónyuge.
En líneas generales, un trabajador debe cumplir con un historial de por lo menos 10 años de trabajo, o 40 créditos de trabajo obtenidos, para recibir su jubilación del Seguro Social. Además, la cantidad que puedes recibir, dependerá de la capacidad de ingresos que hayas obtenido en 35 años.
Para el caso de los beneficios conyugales, la persona debe o tuvo que estar casado con un trabajador jubilado que califica para los beneficios, pues estos estarán ligados al historial de trabajo e ingresos del trabajador. El cónyuge o excónyuge (no trabajador) puede calificar para hasta el 50% del beneficio de su cónyuge (o excónyuge) una vez que alcance la plena edad de jubilación (FRA).
La FRA es la edad en la que el Seguro Social te dará el 100% del beneficio que te corresponde, con base en tu historial laboral y de ingresos. Esta es de entre los 66 y 67 años, según tu año de nacimiento.
La Administración del Seguro Social permite que los jubilados reclamen sus pagos desde antes, a partir de los 62 años, pero recibirás menos dinero del que deberías obtener. Asimismo, puedes obtener un aumento del 8% por cada año que postergues el reclamo de tus beneficios de jubilación hasta los 70 años.
No obstante, esta regla no aplica para los cónyuges o excónyuges. Los beneficios conyugales funcionan de manera distinta.
¿Cuándo debería reclamar los beneficios conyugales?
La mejor edad para reclamar los beneficios conyugales del Seguro Social está directamente relacionada con tu FRA. Eso es entre los 66 y 67 años, según tu fecha de nacimiento. Esperar más allá de ese punto no te servirá de nada desde una perspectiva financiera.
Cuando eres una persona que va a reclamar el beneficio conyugal, no existe la regla del aumento del 8% hasta los 70 años, como en los beneficios de jubilación con historial de trabajo. Una vez que alcanzas la FRA, tendrás derecho a recibir el beneficio conyugal completo, que es del 50% de la suma que tu cónyuge actual o anterior puede recibir.
¿Qué pasa si reclamas los beneficios conyugales antes de tu FRA? Si reclamas antes, a partir de los 62 años, significa que aceptarás un pago más corto de por vida, tal como pasa con los jubilados. Y si bien esto puede dejar sin muchas opciones para los cónyuges o excónyuges que no trabajaron, para un matrimonio donde ambos trabajaron, cada uno tiene derecho a recibir beneficios del Seguro Social según su historial de ingresos personales, y aún podrían ser elegibles para un beneficio conyuga.
Eso sí, debes saber que no puedes cobrar tanto tu beneficio personal como el beneficio conyugal. Solo serás elegible para el mayor de los dos.