Los trabajadores que no tengan la posibilidad de recibir ingresos por un período de tiempo determinado a causa de una enfermedad o un accidente no laboral, tendrán derecho a recibir la pensión por incapacidad temporal que establece la Seguridad Social. Se trata de un subsidio diario que cubre la pérdida de poder adquisito de la persona que está de baja, mientras está recibiendo asistencia sanitaria por un período de tiempo concreto.
Existen dos categorías de pensiones dentro de este grupo: por enfermedad común o accidente no laboral o por accidente laboral o enfermedad relacionada con la actividad profesional que desempeña. Así, si estás en la primera categoría tendrás que esperar hasta el 4º día de baja para recibir esta prestación económica. Sin embargo, si estás en la segunda recibirás el abono del subsidio al día siguiente de la baja laboral.
La duración máxima de la pensión por incapacidad temporal, según determina la Seguridad Social para los trabajadores, es de 365 días desde el día de inicio de la baja laboral. Pero, ¿qué cantidad de dinero puede recibir cada trabajador de este subsidio?. De OTIUM vamos a informarte acerca de la cuantía de esta prestación dependiendo de tus ingresos y otros factores.
Cuantía del subsidio por incapacidad temporal
Dependiendo del origen por el que el trabajador haya solicitado la pensión por incapacidad temporal, la cuantía de este subsidio cambiará de una persona a otra. En el caso de que sea por enfermedad común, deben estar afiliados y en alta o en situación asimilada al alta. Y tener cubierto un período de cotización de 180 días en los 5 años anteriores.
Por el contrario, si la razón por la que no puede realizar su actividad profesional con normalidad es por accidente sea o no de trabajo y enfermedad profesional, no se exigen cotizaciones previas.
De la misma manera, el cálculo de la cuantía de esta prestación de la Seguridad Social también dependenderá del origen de la necesidad del trabajador. Así, existen dos situaciones que cambian la cantidad que recibe cada persona por incapacidad temporal:
- Enfermedad común y accidente no laboral: recibirá el 60% de la base reguladora desde el 4º día de la baja hasta el 20º inclusive, y el 75% desde el día 21 en adelante.
- Enfermedad profesional o accidente de trabajo: 75% de la base reguladora desde el día siguiente al de la baja en el trabajo.
Como hemos dicho antes, el plazo máximo en el que se puede cobrar esta pensión por incapacidad temporal es de 365 días. Sin embargo, estos son prorrogables por otros 180 si durante este transcurso se prevé curación.
¿Qué ocurre con los trabajadores autónomos?
En el caso de los trabajadores autónomos por cuenta propia, el pago del subsidio por incapacidad temporal lo realiza directamente la entidad gestora o mutua competente. Además, podrá ser solicitado mediante la solicitud de pago directo.
La cuantía que corresponde a cada trabajador autónomo es del 60% de su base reguladora, y será la misma hasta el día 20 posterior a la baja. Se comenzará a percibir la prestación a partir del día 4 posterior a la baja. Y, a partir del día 20, la cuantía pasará a ser de un 75% de dicha base.