Todos los meses, millones de personas, principalmente jubilados, reciben beneficios por parte de la Administración del Seguro Social (SSA, por sus siglas en inglés). Existen cuatro tipos básicos de beneficios que ofrece la SSA: por jubilación, discapacidad, para sobrevivientes y beneficios suplementarios. Pero, ¿qué pasa si una persona ha fallecido? ¿Cómo hago para informar la muerte de un beneficiario?
En la mayoría de los casos, como parte de sus servicios, los directores de funerarias pueden informar a la SSA sobre muertes; el Seguro Social provee un formulario con este propósito. Además, las oficinas de estadísticas vitales de la mayoría de los estados han implementado un registro electrónico de defunciones, un sistema en Internet cuyo objetivo es enviar información de muertes a la agencia de manera más rápida y precisa.
Sin embargo, es responsabilidad de los familiares del fallecido asegurarse de informarle al Seguro Social sobre su caso lo antes posible. A continuación, te contamos cómo hacerlo.

¿Cómo informar la muerte de un beneficiario?
En principio, puedes hacerlo llamando al Seguro Social al 800-772-1213 o comunícate con tu oficina local de la Administración del Seguro Social.
UN REPRESENTANTE DE BENEFICIARIOS
Una persona u organización designada por el Seguro Social para manejar los pagos de beneficios de alguien que ya no puede hacerlo por sí solo también tiene la responsabilidad de informar de la muerte del beneficiario.
Los beneficios terminan en el mes de la muerte del beneficiario, sin importar la fecha, porque, bajo las normas del Seguro Social, una persona debe vivir por un mes entero para recibir el pago. Si la SSA paga el beneficio de la persona fallecida por ese mes porque no se notificó a tiempo sobre la muerte, los sobrevivientes o el representante deberán devolver el dinero.
Importante:
La muerte de un beneficiario activa un pago único de $255 (Beneficio de muerte), dirigido al cónyuge sobreviviente que vivía con la persona fallecida o cobraba beneficios del Seguro Social en base al historial del beneficiario. Si no hay un cónyuge, el monto iría a cualquier hijo que cualifique para recibirlo, en función del historial de la persona que murió.