La pensión por incapacidad permanente es una ayuda que concede la Seguridad Social a aquellas personas que sufren una enfermedad o accidente por el cual, no pueden volver a trabajar, al menos en su profesión habitual. El problema es que en ocasiones, esta prestación no es suficiente si se tiene en cuenta los ingresos que tenía el afectado.
Y es que hay veces, que la ayuda concedida por elInstituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) no cubre las expectativas económicas de beneficiarios que ganaban mucho más al desarrollar su actividad laboral habitual. Llegado ese momento, es lógico preguntarse si la pensión por incapacidad permanente es compatible con otras ayudas. La respuesta es que sí.
La cuantía que percibe una persona depende del grado de incapacidad permanente que le hayan concedido. En este sentido, la Seguridad Social distingue cuatro grados:
- Parcial. Puedes volver a trabajar incluso en realizando la misma labor.
- Total. Puede trabajar pero en un empleo que se adapte a sus nuevas necesidades.
- Absoluta. No puede volver a trabajar.
- Gran invalidez. No puede desarrollar ninguna actividad profesional y además, necesita ayuda para el desarrollo de su día adía.
Otra opción es que la persona con incapacidad permanente esté sin trabajo. En este caso, la duda puede ser si puede percibir una pensión de la Seguridad Social y a la vez, una ayuda por su situación laboral de las ofrecidas por elServicio Público de Empleo Estatal (SEPE). En este caso, deben darse una serie de requisitos y además, depende del grado.
Ayudas compatibles con la incapacidad permanente
Existen ayudas ofrecidas por el SEPE que son perfectamente compatibles con una pensión por incapacidad permanente otorgada por la Seguridad Social. Bien es cierto, que en la mayoría de ellas es requisito indispensable no superar unos determinados límites de ingresos. Es decir, una persona que quiera acceder a una ayuda no puede percibir una pensión por IP mayor al 75 por ciento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
En cifras exactas, aquellas personas que quieran beneficiarse de una ayuda del SEPE no podrán tener una pensión superior a los 810 euros mensuales. De cumplir esta premisa, podrá acceder a ayudas como la ‘familiar’. Esta la pueden solicitar desempleados con cargas familiares tras agotar el paro. Otra opción es el ‘subsidio por insuficiencia de cotización’. Esta se recibe, igualmente, cuando no se tiene derecho a paro.
Otras ayudas compatibles
El SEPE ofrece una amplia variedad de ayudas compatibles con la incapacidad permanente. No obstante, el acceso a ellas tiene implícitos también una serie de requisitos, como por ejemplo, la edad. Uno de ellas, es el ‘subsidio para mayores de 45 años’, orientada a trabajadores sin cargas familiares. De igual modo, el ‘ subsidio para mayores de 52 años’. Esta ayuda es para trabajadores con esta edad ya cuentan con los requisitos mínimos para acceder a la pensión de jubilación.
Por otra parte, esta la ‘Renta Activa de Inserción’ (RAI). Esta está destinada a personas con graves dificultades para encontrar trabajo y que no perciban otro tipo de ayuda o subsidio. Para personas sin trabajo también existe el ‘Subsidio Extraordinario por Desempleo’ (SED). Está destinada a parados de larga duración que no tienen derecho a prestación por desempleo.
Finalmente, existe una ayuda compatible con la pensión por incapacidad permanente y que además, no requiere de unos ciertos límites de ingresos. Se trata de la ‘prestación contributiva por desempleo’. Lo que se conoce comúnmente como el ‘paro’. Su cuantía depende de la base reguladora media de los últimos seis meses antes de caer en el desempleo.