Este subsidio para mayores de 45 años está dirigido a personas desempleadas, que han agotado la prestación contributiva y no tienen responsabilidades familiares a su cargo. Igualmente, estos son algunos de los requisitos que el solicitante debe cumplir para acceder a esta ayuda puesta en marcha por el SEPE.
La alta tasa de desempleo es uno de los mayores problemas de España. Esta situación se agrava de manera exponencial, conforme nos referimos a sectores de la población con más edad. De hecho, a partir de los 45 años, el porcentaje de personas sin trabajo, con difícil expectativas en cuando a la búsqueda y que no se pueden jubilar, es muy alto.
Por este motivo, el Gobierno pone en marcha ayudas especiales para quienes se encuentren en esa posición complicada. Es decir, estos subsidios gestionados por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), están dirigidos a desempleados con dificultades económicas. Unas dificultades que se acentúan con la edad.
Cabe señalar, que los desempleados que hayan agotado la prestación contributiva, podrán acceder a estos subsidios por desempleo. Por su parte, los que no tengan derecho a él y tengan al menos tres meses cotizados, deberán solicitar previamente, el subsidio por insuficiencia de cotización.
Requisitos para acceder al subsidio para mayores de 45 años
Para acceder al subsidio para mayores de 45 años, deben cumplirse una serie de requisitos obligatoriamente. En primer lugar, es imprescindible estar en situación de desempleo. Además, la personas solicitante debe estar inscrita como demandante de empleo durante el periodo de un mes desde el agotamiento de la prestación. Todo ello sin haber rechazado oferta de colocación adecuada, ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, desde el agotamiento de la prestación contributiva.
Por otra parte, el demandante deberá suscribirse a un compromiso de actividad. En este caso, el requisito responde a un problema en ocasiones habitual. Y es que hay personas, que una vez percibida la prestación, se conforman y no quieren acceder al mercado laboral. Afortunadamente, son las menos.
Otra de las condiciones es haber agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo. En cuanto a la edad, tener cumplidos 45 años en la fecha de agotamiento de la prestación contributiva. Finalmente, el solicitante debe carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
Condiciones del cobro de la ayuda
Estamos de acuerdo en que la tasa tan alta de desempleo entre los mayores de 45 años es un problema para nuestro país. Sin embargo, el Gobierno y concretamente el SEPE, debe filtrar de algún modo para que la ayuda llegue a quien realmente lo necesito. Por ese motivo, tiene establecido unos requisitos tan marcados.
Cabe señalar, que además, los requisitos no solo deberán reunirse en el momento del hecho causante. Deberán hacerlo en el de la solicitud del subsidio, de las reanudaciones y durante toda la percepción del subsidio. No obstante, si no reúne el requisito de carencia de rentas, podrá obtener el subsidio si, dentro del plazo de un año desde la fecha del hecho causante, acredita que lo cumple.
Se considera como fecha del hecho causante aquella en la que se cumpla el plazo de espera de un mes o la de la finalización de la causa de suspensión. Además, es importante tener en cuenta que si la persona trabajadora tuviera derecho al subsidio por desempleo para personas trabajadoras mayores de 52 años, percibiría este.