Hay que tener en cuenta que para la Agencia Tributaria, el cobro mensual de una pensión está considerado como rendimientos de trabajo. Esto quiere decir, que al igual que pasa con ingresos de otra índole, si supera una serie de límites, deben ser declarados. Así que, el hecho de ser pensionista no nos exime de tener que hacer la Declaración de la Renta.
Por tanto, aunque el monto de la pensión no supere los límites impuestos, si se cobra junto a otra pensión o salario y los supera, deberá declararse. Esto puede darse por ejemplo, en una persona jubilada que cobre una pensión de viudedad. Del mismo modo, puede ocurrir con un trabajador que igualmente cobre dicha prestación.
Ateniéndonos al ordenamiento jurídico, hay que tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley de IRPF. Este precisa que «tendrán consideración de rendimientos del trabajo las pensiones y haberes pasivos percibidos de los regímenes públicos de la Seguridad Social y clases pasivas y demás prestaciones públicas por situaciones de incapacidad, jubilación, accidente, enfermedad, viudedad, o similares».
Así pues, el cobro de una pensión sigue la misma norma que cualquier otro ingreso o nómina que se deba justificar. De este modo, si los rendimientos del trabajo procedentes de un único pagador superan los 22.000 euros anuales, hay que presentar la Declaración de la Renta. No obstante, este límite se rebaja a los 14.000 euros, siempre que un trabajador combine su salario con una pensión de viudedad.
El cobro de la pensión de viudedad en la Declaración de la Renta
La pensión de viudedad es una prestación económica que la Seguridad Social adjudica a aquellas personas vinculadas en matrimonio o pareja de hecho a otra que ha fallecido. La cuantía máxima de esta ayuda en 2023 es de 3.059 euros mensuales, repartidos en 14 pagas.
Hay que tener en cuenta que dependiendo del importe de esta, la pensión de viudedad presenta retenciones en el IRPF. Eso sí, siempre que no derive de actos de terrorismo. Así pues, según la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), teniendo en cuenta que la cuantía de la pensión de viudedad corresponde con el 52 por ciento de la base reguladora, lo habitual es que esta oscile entre el 1 por ciento y el 3 por ciento.
Obligación de presentar la Declaración de la Renta
La pensión de viudedad es de las prestaciones que pueden ser compatibles con otra ayuda e incluso con un salario. De este modo, una persona que cobre la prestación por desempleo, también puede cobrar lo propio por haberse quedado viudo/a. De la misma forma ocurre si está trabajando y percibe un salario.
Por tanto, siempre que se sobrepasen los límites de ingresos establecidos legalmente, es obligatorio realizar la Declaración de la Renta. Bien es cierto, que existen algunas rentas que están exentas de tributar por el IRPF. Sin embargo, la pensión de viudedad, no es una de ellas.
No obstante, si no quieres arriesgarte ante la duda de saber si una pensión de declara o no, Hacienda ha puesto la solución en manos de los contribuyentes. Se trata de un simulador disponible en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, que se llama ‘Renta Web Open’. Con este mecanismo, el contribuyente podrá calcular el resultado de la declaración antes de llevarlo a cabo.